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La Habana

Uno de los requisitos principales que se exigen para la concesión de la autorización de trabajo por cuenta ajena es que la situación nacional de empleo permita contratar trabajadores extranjeros en condiciones legales.
Esta situación se evalúa antes de otorgar la autorización de residencia y trabajo que permite residir en España de forma legal y ejercer una actividad en relación de dependencia por cuenta ajena, como empleado.
Para poder verificar la situación nacional de empleo se puede consultar en línea o personalmente el Catalogo de Ocupación de Difícil Cobertura. Este catálogo, que publica el Instituto Nacional de Empleo, se actualiza trimestralmente y brinda información diferenciada por provincias. Reúne todas las ofertas de empleo presentadas por los empleadores para cubrir puestos de trabajo vacantes con difícil cobertura.
La autorización solicitada de residencia temporal y trabajo debe estar catalogada como de difícil cobertura en la provincia donde el interesado esté buscando el empleo.
Las excepciones a la aplicación de la situación nacional de empleo son las siguientes:
El que debe solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena siempre es el empleador o empresario español que desee contratar al trabajador, presentando la oferta de empleo ante las Oficinas de extranjeros, en las Áreas de Trabajo de las delegaciones o de las subdelegaciones del Gobierno de la provincia.
Otra forma permitida de trabajo es la que permite realizar actividades de duración determinada:
El contingente también establece un número de visado para búsqueda de empleo que e puede solicitar para su consulta. El interesado tendrá tres meses para conseguir un contrato. Si en ese plazo no fuera factible conseguirlo, deberá abandonar España. Estos casos se dan cuando el extranjero es hijo o nieto de españoles de origen, caso en que el contingente establece un número de visados para que pueda buscar empleo en España.
En España existe un servicio público de empleo donde se puede acceder a servicios de formación y capacitación para personas desempleadas, como escuelas taller y casas de oficio para personas desempleadas. Hay que dirigirse al Instituto de Empleo Público (INEM) o llamar al teléfono gratuito 900 70 22 07 donde brindan información sobre los requisitos necesarios para inscribirse y las direcciones próximas de la Oficina de Empleo de la región.
HOLA A TODOS
logre salir de cuba hace un año casi y mi esposo hace un mes y pico que llego ,estamos en italia ,(que fue por donde logramos salir)pero queremos ahora que estamos juntos irnos para españa pero no se que debemos hacer ,como residentes de la union europea tenemos que pedir visa ? o solo sacamos pasaje y ya tenemos dos hijos autistas y aqui estan muy atrasados respecto a las terapias, sin embargo sabemos que espana esta en punta inclusive la presidenta de la union de autismo a nivel mundial es espanola, lo mas que necesitamos es ayuda para adelantar nuestros hijos y aqui no la encontramos, ademas es otro idioma y otras costumbres muy diversas a las nuestras ,por favor espero respuestas ,gracias mi correo es rmdyr02@yahoo.es
rodney o marianela de santo suarez habana
gracias