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Actualizado:
Mié, 20/08/2008 - 14:00

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Como realizar un Reagrupación Familiar

La ley española de extranjería prevé la opción de reagrupar a la familia siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos necesarios para realizarlo.
 
Las personas que se pueden agrupar son:

  • Cónyuge
  • Hijos menores de 18 años o incapaces
  • Hijos del cónyuge menores de 18 años o incapaces
  • Ascendientes propios o del cónyuge siempre y cuando estén a su cargo

 
En primer lugar, para solicitar la reagrupación familiar hay que estar residiendo como mínimo un año en territorio español y ya haber solicitado u obtenido la autorización de residencia para otro año más.
 
También hay que contar con un alojamiento real y adecuado y tener medios de subsistencia suficientes para los gastos propios y de la familia.
 
El familiar no podrá ser reagrupado si se encontrase en España en forma irregular y será razón suficiente para denegar la solicitud. Deberá viajar a su país para solicitar el visado.
 
El visado solamente se puede solicitar fuera de España, en la oficina consular o misión diplomática en el país de residencia donde están tus familiares. Una vez te hayan notificado la concesión de la autorización, el familiar que deseas agrupar tendrá dos meses de plazo para solicitar el visado.
 
El trámite se realiza en la Oficina de Extranjeros, las Delegaciones o las Subdelegaciones del Gobierno más cercana al domicilio.
 
Se debe presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español por cada uno de los familiares por los que se solicita la reagrupación a España y, cuando sea admitida, los familiares deberán solicitar los visados en el consulado español del país de origen.
 
Junto con la solicitud oficial hay que presentar los documentos que demuestren el parentesco, edad y dependencia legal y económica de los distintos familiares a agrupar: Libreta de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento de cada uno de los hijos, la copia y original del pasaporte en vigor, la copia de la autorización de residencia o de trabajo y residencia ya renovada, de la primera autorización y en caso de tener la renovación en trámite el resguardo de la presentación de la solicitud de renovación, demostrar que se tienen medios económicos suficientes, por ejemplo con un empleo que cubra las necesidades y gastos familiares, contar con una vivienda adecuada con la presentación del contrato de alquiler o el titulo de propiedad.
 
En caso de que se cumpla con todos los requisitos y se conceda la autorización para la reagrupación familiar quedará en suspenso hasta la expedición del visado y la entrada de los familiares en territorio español. Para solicitar el visado el familiar necesitará un informe acreditativo de que se reúnen las condiciones exigidas para solicitar la reagrupación familiar.
 
La validez de la autorización de residencia de los familiares dependerá de la situación legal en España del que sea residente y será igual a la vigencia de la autorización inicial de residencia.
 
Para solicitar el visado, el familiar debe dirigirse al consulado español en su país con:

  • La solicitud oficial cumplimentada y firmados.
  • Copia y original de pasaporte del familiar a reagrupar en vigor, con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales, expedido dentro de los últimos 6 meses por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en España.
  • Copia de la autorización de residencia del residente en España.
  • Documentación original que acredite los vínculos familiares, la edad y la dependencia legal o económica.
  • Certificado médico para acreditar que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento sanitario internacional.

 
El consulado tendrá un plazo máximo de dos meses para notificar la concesión del visado. El familiar a reagrupar deberá recogerlo personalmente, salvo en el caso de menores, en que podrá ser recogido por su representante o tutor.
 
El familiar deberá entrar en España durante la vigencia del visado que nunca será mayor a tres meses y tendrá como máximo un mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjeros.
 
Para renovar el permiso de residencia del familiar reagrupado deberá presentar la solicitud de renovación 60 días antes de su vencimiento. Como en la primera solicitud tendrá que demostrar como residente que cuenta con un empleo o medios económicos suficientes para la subsistencia.

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Hola a todos: Kisiera k

Hola a todos:
Kisiera k alguien me dijera k probabilidades hay de k autorizen una reunificación familiar ( a mi esposo en este caso) si está en Venezuela (pero todavía no cumple los 11 meses allá)
Tiene k regresar a Cuba?? NO puede ir al consulado español de Venezuela???
K se puede hacer en estos casos???
Gracias.

CUAL SON LOS PASOS PARA REAGRUPACION FAMILIAR..

HOLA, ME GUSTARIA SABER COMO PODEMOS POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR, TRAER A MI SUEGRA CUBANA, TENIENDO MI MARIDO (SU HIJO) LAS DOS NACIONALIDADES. ¿SE TRAMITA DESDE ESPAÑA O DESDE CUBA? ALGUIEN SABE CUAL ES EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN? MUCHAS GRACIAS.

Pasos para reagrupar

Si tu marido está en España deberá reagruparla desde aquí.
Ahora bien la reagrupación habla solo de hijos y cónyugues no habla de progenitores. Esta reagrupación no es tan común y es más complicada de justificar.
Existen excepciones en el caso de enfermedades graves de la persona a reagrupar o bien justificando que dependen económicamente de ustedes.
 
Saludos
 

Es posible mediante a mi hermana con nacionalidad alemana......

Hola a todo el que lee esto...
..es posible mediante a mi hermana que tiene la nacionalidad en la comunidad europea (alemania) que ella pueda hacerme una reunificacion familiar? Yo estoy aqui en Madrid pero llevo tan solo 10 meses. Es posible si ella viene a vivir a España y coge documentos españoles puede ella hacerme algun tipo de reclamacion?
les agradeceria muchisimo que me informaran.

Reagrupación familiar

Un gusto saludarte!!!
Lamentablemente, la ley es clara en este sentido: el familiar a reagrupar no debe estar viviendo en España al momento de la solicitud de reagrupación. Deberías volver a tu país y desde allí esperar que te solicite un familiar.
Eso es así y no tiene excepciones.
Cualquier otra consulta, estamos a tu disposición-
Saludos.

reagrupacion familiar a suegros cubanos por nieta española

Hola! me gustaria saber que tramites y costes refiere traer a mis suegros (soy española,casada con cubano)por reunificacion familiar, ya que tienen una nieta española de 4 meses. GRACIAS!!!!!